Necesitamos Información exhaustiva para aclarar las cosas ¿Por qué no se da?

[B][I]Llevo ya muchos años con este problema de las obras realizadas en “La Colegiata” de Llastres.

El otro día se lo dije públicamente al Ilmo Sr. Alcalde del Ilmo. Ayuntamiento de Colunga. El dice una cosa y yo la contraria.

Si yo consigo los Presupuestos del Ayuntamiento de Colunga correspondientes al año 2009, entonces ya puedo casi salir de la duda sobre esta

polémica que lleva ya muchos años sin resolver. ¿Tanto trabajo cuesta que se nos dé información que demuestre que estoy equivocado?

Desde mi punto de vista creo que es facilísimo dar esa información por parte de los políticos y de los técnicos municipales en tal materia.

A ver si en este 2015 hay posibilidad de que yo salga de esta duda.

A continuación expongo lo que acabo de colgar en mi página de “FACEBOOK”:

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Algo que vengo queriendo saber con certeza sobre las obras hechas en “La Colegiata” de Lastres.[/FONT][/COLOR]
[COLOR=#141823][FONT=helvetica]Aporto parte del Real Decreto 13/2009 de 26 de Octubre de 2009.
Se puede consultar íntegro en el BOE.[/FONT][/COLOR]
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La cuestión es que solo me falta disponer de los Presupuestos y su Liquidación del año 2009. Los Presupuestos a los que me refiero corresponden al Ilmo. Ayuntamiento de Colunga. No dispongo de ellos ni soy capaz de conseguirlos en la Página del Ilmo. Ayuntamiento de Colunga. Yo recuerdo que si vi hace tiempo dichos presupuestos, y en ellos he podido comprobar que se había aprobado una partida de más de CUATROCIENTOS MIL € para hacer obras concernientes a poner en marcha un Centro Cultural en “La Colegiata”. Esto, desde mi interpretación del asunto, y que puedo estar equivocado, considero que está al margen de la Ley, choca contra el Real decreto aludido. Pues quiero saberlo desde hace años, pero para ello necesito Los Presupuestos con su Liquidación también.[/FONT][/COLOR]
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Pongo esto aquí, debido al NO acuerdo que tuvimos el otro día en La Colegiata el Ilmo. señor Alcalde de Colunga y yo.[/FONT][/COLOR]
[COLOR=#141823][FONT=helvetica]No se puede estar más de cinco años esperando poder tener una aclaración sobre este asunto cuando la Ley dice muy claramente que se debe dar la máxima información a la CIUDADANÍA. Si estoy equivocado, pues lo rectifico y asunto concluido. Pero si yo sigo creyendo, hasta que no se me demuestre lo contrario, que ahí hubo un grave error, pues que no lo alarguen más. Yo prefiero estar equivocado, pues no me gusta en absoluto que quienes me gobiernan no sean claros y eficientes en sus ejecuciones de gobierno.[/FONT][/COLOR]
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Lo siguiente es parte del Texto del Real Decreto 13/2009 de 26 de Octubre 2009:[/FONT][/COLOR]
[COLOR=#141823][FONT=helvetica]"Procedimiento para la financiación de proyectos de inversión
Artículo 9. Tipos de obras, equipamiento y otras inversiones financiables.

  1. Podrán financiarse con cargo al Fondo los contratos de obras definidos en el artículo 6 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público dentro del
    cve: BOE-A-2009-17001
    BOLETÍN OFICIAL DEL ESTADO
    Núm. 259 Martes 27 de octubre de 2009 Sec. I. Pág. 89728
    marco de lo establecido en el presente artículo. Los contratos deben tener por objeto obras de competencia municipal incluidas en alguna de las siguientes tipologías:
    a) Las destinadas a la promoción de la actividad económica, la iniciativa emprendedora y la innovación, como parques empresariales, parques científicos y tecnológicos, centros de conocimiento y viveros de empresa, así como su dotación de infraestructuras para el despliegue y acceso a las redes de telecomunicación de nueva generación.
    b) Las de creación, equipamiento y desarrollo de infraestructuras tecnológicas y de innovación.
    c) Las destinadas a mejorar el acceso a las redes e infraestructuras de las tecnologías de la información y de las telecomunicaciones fijas y móviles, y a su utilización.
    d) Las destinadas a impulsar el ahorro y la eficiencia energética, así como la accesibilidad y utilización de energías renovables.
    e) Las dirigidas a promover la movilidad sostenible urbana y reforzar los modos de transporte menos contaminante, incluyendo sistemas de información de gestión automática y control, y las encaminadas a mejorar la seguridad vial.
    f) Las destinadas a impulsar el ahorro y la eficiencia en la gestión de los recursos hídricos. Construcción, adecuación o mejora de la red de abastecimiento de agua potable a domicilio, de saneamiento y de infraestructuras de depuración de aguas residuales.
    g) Las relacionadas con la gestión y tratamiento de los residuos urbanos con criterios de sostenibilidad.
    h) Las destinadas a la recuperación y conservación de áreas naturales y masas forestales.
    i) Las de prevención y detección de incendios y la limpieza y conservación de las masas forestales, zonas de especial relevancia natural y bosques de ribera.[/FONT][/COLOR]
    [COLOR=#141823][FONT=helvetica]j) La construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros educativos.[/FONT][/COLOR]
    [COLOR=#141823][FONT=helvetica]k) La adecuación, rehabilitación o mejora de edificios de propiedad municipal para la atención a personas en situación de dependencia, así como la supresión de barreras arquitectónicas y mejora de la accesibilidad.[/FONT][/COLOR]
    [COLOR=#141823][FONT=helvetica]l) La construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros de servicios sociales, sanitarios, culturales y deportivos.
    m) Las de protección y conservación del patrimonio histórico y paisajístico municipal."[/FONT][/COLOR]
    [COLOR=#141823][FONT=helvetica][U][I][B]
    D E S T A C O los apartados J y L

“j) La construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros educativos.”[/B][/I][/U][/FONT][/COLOR]
[COLOR=#141823][FONT=helvetica]
“L) La construcción, adecuación, rehabilitación o mejora de centros de servicios sociales, sanitarios, culturales y deportivos.”
[/FONT][/COLOR]
[COLOR=#141823][FONT=helvetica][U][I][B]
También D E S T A C O:

“b) Certificación de que es una obra, suministro o servicio no prevista en el presupuesto de la Entidad para el año 2009 ni en el Presupuesto de 2010.”[/B][/I][/U][/FONT][/COLOR]

[COLOR=#141823][FONT=helvetica]Seguimos apesadumbrados con la falta del servicio sanitario en la Villa de Pedrayes…[/FONT][/COLOR][COLOR=#141823][FONT=helvetica]El siguiente párrafo del “El Comercio” me preocupa un poco:

“El gerente del Área Sanitaria VI explicaba ayer que la empresa que está tratando la plaga de pulgas existente en el actual consultorio médico de Lastres «ha localizado el foco» de donde provienen estos insectos; pero también ha señalado que «el problema es más grave de lo previsto y requiere un tratamiento mayor». Por este motivo se ha optado por buscar unNUEVO emplazamiento para el consultorio. Pero en lugar de que este traslado sea provisional se hará de forma definitiva.”
[I][B]

¿Hay que esperar mesesPARA que se adapte ese definitivo?

¿Por qué no se ponen al público todos los expedientes de los locales que están estudiando desde hace años; así como poder ver qué criterios y argumentos hay para decir que ninguno reúne las debidas condiciones?

¿No sería muchoMEJOR que se ponga de modo provisional ¡YA! en el que mejor se pueda trabajar dignamente; ySEGUIR sin ninguna demora en tratar de hacer uno decente para que se consolide, por lo menos, para 25 años?

¿No hay posibilidad de queCON la política, en cuestiones de Sanidad, no sePUEDA andar escatimando? ¿No debemos tener muy presente que hay que saber PRIORIZAR?

No me sigue gustando el proceso que lleva este asunto. ¿Se está esperando a que se forme nuevogobierno en Asturias?
http://www.elcomercio.es/…/sanidad-busca-nuevo-emplazamient…[/B][/I][/FONT][/COLOR]